Este método de evaluación trata de detectar si las condiciones ambientales y la producción interna de calor debida a la actividad física desarrolladapor trabajadores vestidos con ropa de verano pueden hacer que el riesgo por estrés térmico debido al calor alcance un valor inaceptable que haga que la temperatura central del cuerpo exceda de 38 °C.
Se basa en calcular, para cada puesto de trabajo con una actividad metabólica diferente estimada a partir de las tablas, el índice térmico WBGT del ambiente donde está situado dicho puesto, midiendo la temperatura de globo y la temperatura húmeda natural y, en los casos en los que el trabajo se ejecute al aire libre y haya sol, la temperatura del aire.
Si durante 1 hora (los peores 60 minutos de la jornada de trabajo5) dicho índice supera el correspondiente valor de referencia, que figura en la tabla que acompaña al método, y que ha sido calculado para un consumo metabólico similar al del puesto de trabajo y para trabajadores vestidos con ropa de verano (ICL = 0,6 clo), se podrá afirmar que «habrá riesgo inaceptable por estrés térmico debido al calor de acuerdo al método de evaluación aplicado».
Los peores 60 minutos de la jornada de trabajo serán aquéllos en los que las condiciones ambientales
termohigrométricas, la actividad o la ropa de trabajo hagan que el trabajador pueda almacenar la mayor cantidad de
calor en el cuerpo.
En caso de que el riesgo sea inaceptable, se recomienda:
– reducir directamente el riesgo en el puesto de trabajo; o,
– aplicar un método más exacto de evaluación.
Los valores de referencia corresponden a niveles de exposición a los que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos sin que exista ningún efecto nocivo para su salud, siempre que no presenten patologías previas.
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