La implantación no sólo consiste en un mero texto contenido en el plan de autoprotección, sino que constituye un documento de gran importancia, ya que algunos
planes de emergencia y autoprotección fallan por su incorrecta implantación.
La implantación es el instrumento que mantiene vigente el plan y establece la forma de divulgación, puesta en funcionamiento y mantenimiento del plan.
En la figura de abajo se ilustran los diferentes aspectos recogidos en un plan de emergencia.
Una vez elaborado el plan, es preciso hacerlo operativo, correspondiendo tal responsabilidad al titular de la actividad, que debe actuar como motor y participar activamente en lo que sea posible.
De conformidad con lo previsto en la legislación vigente, el personal directivo, técnico, mandos intermedios y trabajadores de los establecimientos, estarán obligados a participar en los planes de autoprotección.
ORGANIZACIÓN
El titular de la actividad podrá delegar la coordinación de las acciones necesarias para la implantación y mantenimiento del plan de autoprotección en un Jefe de Seguridad, que en caso de emergencia podrá asumir, asimismo, las funciones de Jefe de Emergencia.
Cuando por su importancia así se considere preciso, se creará el Comité de Autoprotección, cuya misión consistirá en asesorar sobre la implantación y mantenimiento del plan de autoprotección.
Rafael Marin Mateos liked this on Facebook.
Jose Sanchez liked this on Facebook.
Alex Arias liked this on Facebook.
Alejandro Palacios liked this on Facebook.
Ralph Ibarra liked this on Facebook.
Heriberto Beltran Ruiz liked this on Facebook.
Marcos Saldaña liked this on Facebook.
Luis Turin liked this on Facebook.
Ing Antonio Cardona liked this on Facebook.
Hugo Andaracua Alcantara liked this on Facebook.
Wilmer Mogollon Ramos liked this on Facebook.
Julius Tovar liked this on Facebook.
Juan Paz liked this on Facebook.
Bruno Mauricio Haubold liked this on Facebook.