EVALUACIÓN DEL RIESGO PARA LA QUE EXISTE UNA LEGISLACIÓN ESPECÍFICA

Muchos de los peligros que se pueden presentar en un puesto de trabajo derivan de las propias instalaciones y equipos; por ejemplo, el peligro de explosión de aparatos a presión, el derivado de las instalaciones eléctricas, entre otros.

Para muchos de ellos se ha desarrollado una legislación específica, bien nacional, local, que regula las características que se deben cumplir, siendo éste el caso del Reglamento de Aparatos a Presión 0 el Reglamento Electrotécnico, por citar alguno de ellos.
Los cítados Reglamentos regulan una serie de características de obligado cumplimiento, tales como la autorización para la puesta en servicio, las revisiones periódicas, las
inspecciones, asi como las características que han de reunir los instaladores autorizados.
El cumplimiento de dichas legislaciones supone que los riesgos derivados de dichas instalaciones 0 equipos estan controlados, por lo que no se considera necesario realizar una evaluación, sino que se debe asegurar que se cumplen estrictamente todos los requisitos que recoge la legislación.

EVALUACIÓN DEL RIESGO PARA LA QUE EXISTEN NORMAS Y GUiAS, ENTRE OTROS

En muchas ocasiones nos encontramos que para la evaluación de riesgos existen  normas o guias técnicas, que establecen el procedimiento de evaluacién e incluso, en
algunos casos, los niveles máximos de exposición recomendados.
Como ejemplo se puede citar la Norma ENV 50166, sobre la exposicién a campos  electromagnéticos entre O y 10 kHz, y entre 10 kHz y 300 Ghz, que facilita:
– El procedimiento de medida de campos electromagnéticos.
– Los niveles de exposicién recomendados.
– Los métodos de control de exposición.

Dichas metodologías pretenden cumplir con un doble objetivo:
– evaluar el riesgo; y,
— priorizar las necesidades de actuación en la mejora de las condiciones de trabajo.

Y se pueden clasificar en función de las entidades creadoras como:
– Oficiales:
– Secretaria del Trabajo y Previsión Social.

Particulares:
– Normativa Estatal
– Mutua.
– Otras.

No obstante, todas ellas siguen unas directrices comunes que se podrían resumir en lossiguientes apartados:
1. Finalidad: garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
2. Etapas:
A – Identificación del peligro.
— Identificación de los trabajadores (u otras personas) expuestas a los riesgosque entrañan dichos elementos peligrosos.
– Estimación del riesgo.
-Evaluación, cualitativa o cuantitativa, del riesgo existente.
— Analizar si el riesgo puede ser eliminado, y en caso de que no pueda serlo,decidir si es necesario adoptar nuevas medidas para prevenir o reducir elriesgo.

3. Lugar: todos los puestos de trabajo.
4. Metodología:
– La evaluación debe estar estructurada de manera que se estudien todos los elementos peligrosos y riesgos importantes.
— Cuando exista riesgo, la evaluación deberá examinar, antes de nada, si el riesgo debe eliminarse.

5. Bases:
– Requisitos legales.
– Normas y orientaciones publicadas.
– Principios jerárquicos en materia de seguridad y salud:
– Evitar los riesgos.
– Sustituir elementos peligrosos por otros que entrañen menos peligro.
– Combatir los riesgos en su origen.
– Anteponer medidas colectivas a las protecciones individuales.
– Tener en cuenta el progreso técnico.
– Búsqueda de la mejora del nivel de producción.

La evaluación de riesgos es uno de los pilares fundamentales en materia de seguridad y salud, tal y como se entiende en la  legislación relativa en materia de seguridad y salud.

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News Reporter
Ingeniero Industrial egresado en 2007, Viajero de corazón y trabajador de hobbie. Soy Instructor certificado de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social. Mi frase, "Sin prisa pero sin pausa" y como viajero coincido en el hecho de "Viajar es la única cosa que puedes comprar, que te hace mas rico"

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